¿Sabes que es el SII?
Te explicamos todo lo necesario del Sistema Integral de Información (SII) y las ventajas de utilizar Odoo para tramitar.
1 abril, 2021 por
¿Sabes que es el SII?
Consultoria Informática Studio73, S.L., Ausias Chafer

Seguro que te suena lo de presentar el IVA y la utilización del sistema SII. Lo explicamos en este post para quien no lo conozca y, para los que lo conocen, mostraremos las ventajas de Odoo a la hora de realizar esta tarea. 

Explicación del SII
En el 2017, entró en vigor el Suministro Inmediato de Información (SII), es el sistema que se utiliza para presentar los libros de registro del Impuesto sobre el Valor Añadido a través de la Sede electrónica de la AEAT, suministrando los registros de facturación. 
El nuevo sistema es aplicable a los sujetos pasivos que voluntariamente decidan acogerse a él. Necesitarán optar por el modelo 36 del mes de noviembre previo al año en el que vaya a surgir efecto.
En cambio, el SII es de carácter obligatorio para todos los sujetos pasivos del IVA que autoliquiden el IVA mensualmente, siendo:

  1. Inscritos en el Registro de Devolución Mensual del IVA (REDEME).

  2. Grandes empresas (consideradas las que facturan más de 6 millones de €).

¿Qué libros tengo que presentar?

Los registros de facturación a presentar son los siguientes:

  • Libro registro de facturas expedidas.

  • Libro registro de facturas recibidas.

  • Libro registro de bienes de inversión.

  • Libro registro de determinadas operaciones intracomunitarias.

¿Qué NO tengo que presentar?

Para los iniciados en el sistema, existe un punto de confusión. Estamos hablando de las facturas a la AEAT, las cuales NO tienes que enviarlas a través del SII. Lo que hay que remitir son los campos de los registros de facturación concretados en la Orden Ministerial de turno, respecto a la información referida al Proyecto de Real Decreto que se encuentre actualmente en trámite.

No tienes que enviar la misma información que se incluye en los Libros Registro de IVA. Se trata de enviar determinada información que se encuentra en los libros "Registro IVA" y "Facturas" a la sede electrónica de la AEAT (evitando llevar los Libros Registro de IVA). A la vez, se facilitará determinada información con trascendencia tributaria, que hasta ahora se incluía en los modelos 340 y 347 (artículos 33a 36 del RGAT).

¿Cómo envío la información?

La información se enviará a través de los servicios web basados en intercambios de mensajes XML y la estructura de éste envío tendrá una cabecera común con la información del titular de cada libro registro, así como la información del ejercicio y período en el que se registran dichas operaciones.
A ésta cabecera le acompañará un bloque con el contenido de las facturas. 
El suministro de dicha información se realizará conforme con los campos de registro que apruebe el Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas a través de la correspondiente Orden Ministerial.

¿Cuándo envío los registros de facturación a la AEAT?

  1. Facturas expedidas: Dentro de un plazo de 4 días naturales (96h) desde la expedición de la factura. Salvo que sea una factura expedida por el destinatario o un tercero (en cuyo caso el plazo será de 8 días naturales). En cualquier caso, tendría que estar realizado antes del día 16 del mes siguiente a aquel en el que se haya cobrado el IVA de la operación a registrar.

  2. Facturas recibidas: En un plazo de 4 días naturales (96h) que contarán desde la fecha en que se produzca el registro contable de la factura y antes del 16 del siguiente mes al periodo de liquidación en que se hayan incluido las operaciones correspondientes. En el caso de importaciones, los 4 días computarán desde que se produce el registro contable del documento en el que conste la cuota liquidada por aduanas y antes del 16 del mes siguiente al final del periodo que se refiera la declaración en la que se haya incluido.

  3. Operaciones intracomunitarias: En un plazo de 4 días naturales (96h) desde el momento de inicio de la expedición, transporte o en su caso, la recepción de los bienes a los que se refieren.

  4. Información sobre bienes de inversión: Dentro del plazo de presentación del último periodo de liquidación del año (hasta el 30 de enero). 

Tener en cuenta que, al ser días naturales, no cuentan en el plazo los sábados, domingos y festivos nacionales.

Puedes consultar más detalles en el documento oficial del a Agencia Tributaria Aquí.

Ventajas de Odoo para la tramitación de la documentación a través del SII

  • Odoo dispone de un módulo gratuito (en versiones Enterprise) para la importación de extractos bancarios españoles (Norma 43).

  • Permite una mayor agilidad para presentar la información requerida a la AEAT.  Gestionando la información de forma intuitiva y sencilla.

  • Permite al usuario introducir los datos manualmente, por ejemplo, la descripción de las facturas. También permite su automatización, que facilitará mucho el trabajo al evitar tener que introducir de nuevo ésta información en la web de la Agencia Tributaria.

  • Informa al usuario del estado en el que se encuentra la información presentada, a través del código seguro de verificación (CSV) el cual, muestra la información relativa a los datos registrados, lo que permite conocer el estado del trámite en tiempo real.

  • Dispone de la posibilidad de configurar el envío de modo automático, con la ventaja de programar la ejecución a una hora determinada y en el caso de que no haya conexión en ese momento, pasaría a una cola de envío para ejecutarse en el momento de volver a tener conexión.

  • En caso de producirse algún error, la factura rectificativa podrá gestionarse desde Odoo, solucionándolo de modo inmediato y claro.

  • De ser un negocio multi-compañía, mediante la configuración adecuada se facilita la realización de los movimientos entre las empresas y la presentación de la información oportuna.

  • Si el negocio está situado en un territorio con distinta normativa fiscal y tributaria Odoo lo gestiona para no ocasionar ningún tipo de problema en el usuario.

  • Si se trabaja con tickets Odoo los agrupa en lotes de 10.000 en una factura para poder procesarlos más rápidamente en el SII.

  • Las facturas que no están sujetas Odoo las reconoce a través de claves y las procesa correctamente.

En resumen

Odoo permite cumplir con la normativa de manera fácil, automática, controlada y sin los problemas relacionados con el SII que puedan producirse en otros programas similares. Es un sistema potente y flexible que gracias a sus posibilidades de configuración puede entre otras funciones, añadir impuestos, operaciones, posiciones fiscales y mucho más. Permitiendo ampliar el sistema y centralizar la información para solucionar cualquier necesidad.

La seguridad con la que opera garantiza la recogida de los resultados, sabiendo en todo momento el estado del trámite de las facturas, permitiendo revisar y reenviar las que no se hayan enviado correctamente.